Reforma del Artículo 1 de la CPEUM.

jueves, 10 de noviembre de 2011

El 10 de junio el presente año se reformó la Constitución en materia de Derchos Humanos, debido a que en los últimos diez años México se ha visto inmerso en la comunidad internacional, gracias a la importancia de la permeabilidad del derecho internacional y el derecho mexicano conjuntamente, on ayuda del artículo 133 constitucional, el cual da pauta al reconocimiento de los tratados internacionales. Ahora el artículo de la Constitución supera la forma de incorporar el derecho internacional del 133; dicho artículo referido a los Derecho Humanos termina con el conflicto entre qué es lo que se debe repetar jerarquicamente dentro de la normas reconocidas por la ley fundamental.

Antes de la reforma, ya habían fuentes para respetar los tratados internacionales, pues se encontraba escrito, pero había problemas para la interpretación.

Este movimiento implica un enorme choque cultural y una infinidad de retos que enfrentar, pues los juristas mexicanos están bajo un regímen nacional y no internacional. Eso es lo que se debe de cambiar. El gran reto es capacitar a los juzgadores para desarrollar los contenidos de las normas internacionales de forma práctica, por medio de la teoría.

De lado del legisltativo, también se tiene un reto, para que los mecanísmos de garantía sirvan, incluyan y prevean las normas de derechos humanos. Para convertirlo en un verdadero recurso para defender los mismos.

Para el ejecutivo, también representa un reto, pues al celebrar los tratados internacionales deberá de no ir en contra de la propia constitución, pues se tendrá que salvaguardar la supremacía internacional y así evitar conflictos futuros sobre la jerarquía de normas.

La sociedad civil pelea por dichas reformas y desde el año 2000 ha venido emitiendo decisiones política fundamentales por medio del choque de fuerzas los factores reales de poder.

Por: Cristobal Guerrero Anaya.

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