Las Reformas Constitucionales (art. 1)

viernes, 4 de noviembre de 2011

La pasada reforma del 10 de junio del presente año trata sobre la jerarquización Constitucional en materia de Derechos Humanos (art. 1), que ya estaba previsto en Tratados Internacionales, y por ende se creía que se daban atentados contra la soberanía nacional; sin embargo  considero importante que exista un organismo internacional que tenga la facultad de verificar y en ciertos casos de ayudar a cada uno de los Estados a resolver ciertas controversias, y más en materia de Derechos Humanos, pues en algunas ocasiones la corrupción en los sistemas judiciales impide la pronta resolución de las mismas, y me parece que un órgano internacional tiene mayor imparcialidad en estos casos. Por tanto tenemos que hay un choque cultural, puesto que los miembros actuales de nuestro poder judicial están formados con otro criterio en cuanto a la observancia del Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos, dejando a consideración de cada quien la observancia de los Tratados y no haciéndolo de manera obligatoria, es por esto que el Poder Legislativo debe establecer las bases para lograr que los mecanismos de garantía de los Derechos Humanos funcionen y así convertir las acciones colectivas en recursos viables y confables. Me parece que cada vez se le va dando más importancia al Derecho Internacional y no considero que por esto se esté violentando la soberanía nacional, sino todo lo comtrario, me parece que se amplía la esfera jurisdiccional para proteger, en este caso, los Derechos Humanos.

Por: Martínez Chan María Fernanda

0 comentarios:

Publicar un comentario

 
NISJ2011 © 2011,UNAM