Cuba (libro: Introducción al estudio del Derecho).

miércoles, 16 de noviembre de 2011

¿Qué es el Estado para el sistema socialista?
Es una maquinaria funcional, es un sistema supremo, es un conjunto más o menos desarrollado y complejo de organismos, órganos, mecanismos y aparatos encaminados a imponer sobre la sociedad la voluntad política de la clase económicamente dominante o de los sectores dominantes de las clases hegemónicas de la sociedad, es decir, un conjunto de aparatos, ideas, concepciones, creencias y formas espirituales de existencia de la sociedad, que se erigen sobre un determinado modo de producción. Es una forma organizada de llevar a cabo una dictadura de la clase dominante, es decir, “la violencia organizada”. Un Estado socialista es espiritual, cultural y políticamente hegemónico, donde los intereses económicos y sociales sean representados en forma general (Marx, Engels, Lenin, y Gramsci).
Estructura del gobierno cubano (estructura de los poderes).
El gobierno está estructurado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros y el Consejo de Defensa Nacional.
Asamblea Nacional del poder Popular.
Es un órgano representativo unicameral, que se define como el órgano supremo del Subsistema de órganos del Poder Popular y del Poder del Estado. Se integra por los diputados electos mediante el voto popular directo. Las funciones legislativas y constituyentes le son exclusivas, lo que significa que es el único órgano que puede aprobar leyes y reformar la Constitución. Es un órgano electo por un período de 5 años. Está conformaod por diferentes comisiones de trabajo en distintas materias (funciones legislativas).
Consejo de Estado.
Se integra por 34 miembros: Presidente, 1er Vicepresidente; 5 vicepresidentes; 1 secretario y 23 miembros más. Es elegido por la ANPP de su propio seno de diputados. Representa al Estado Cubano en el exterior. El presidente del CE es el Jefe de Estado, titular individual de la República de Cuba. También es el Jefe de Gobierno (funciones ejecutivas).
Consejo de Ministros.
Es el máximo órgano ejecutivo, administrativo y constituye el Gobierno de República, es decir, el órgano superior de la dirección de la función ejecutiva-administrativa; empleando el vocablo gobierno en sentido diferente a como lo hace respecto a las Asambleas Locales del Poder Popular. Se integra por un presidente, el cual es el Jefe de Estado/Gobierno, 1er Vicepresidente; los Vicepresidentes; los Ministros y el Secretario.
Consejo de Defensa Nacional.
Es un órgano que se constituye y se prepara desde tiempo de paz para dirigir al país en las condiciones de Estado de Emergencia, Estado de Guerra, durante la guerra o la Movilización General. Se integra por el Presidente del CM, que lo preside, el 1er Vicepresidente del CE, quién está llamado a sustituir al Presidente en caso de necesidad conforme a lo que se establece en la Constitución, y 5 miembros más designados por el CE a propuesta del Presidente.
Órganos Locales del Poder Popular.
Contiene a las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular, sus Consejos de Administración  y sus Consejos Populares.
Tribunales Populares y la Fiscalía General de la República.
Los tribunales son un subsistema de órganos judiciales; los dos mencionados en el subtítulo forman parte del sistema de órganos estatales, subordinados jerárquicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y el CE; y que esa subordinación jerárquica administrativa no está reñida con la función de salvaguardar la ley y defender los intereses y derechos de los ciudadanos en particular y del pueblo en sentido general.
El sistema de tribunales está constituido por: (funciones judiciales)
-          Tribunal Supremo Popular, integrado por el pleno (todos los jueces que laboran en el tribunal; Consejo de Gobierno), órgano de administración, dirección del sistema de tribunales y que tiene una importante función en la unificación de la normativa jurídica y 5 Salas: Civil y administrativo, Laboral, Penal, Delitos contra la Seguridad, Económico y Militar.
-          Tribunales Provinciales Populares, integrados por el CG y las Salas.
-          Tribunales Municipales Populares. Sus jueces se agrupan en Secciones de lo Civil, lo Penal y lo Laboral.
-          Tribunales Militares.
La Fiscalía es un órgano estatal de rango constitucional, independiente de la Administración estatal y de la función Judicial. Está estructurado verticalmente en todo el país, con independencia de los órganos locales del poder estatal, lo que supone que en su actuación los fiscales en todos los niveles de la división político administrativa forman una unidad de acción. Los fiscales son designados, inamovibles, irrecusables, revocables en el cumplimiento de sus funciones, y sólo se subordinan al Fiscal General de la República y a la ANPP, o el CE.


Sistema Político.
El sistema político de la sociedad de Cuba, se basa en el conjunto de órganos, aparatos, mecanismos, organizaciones, normas de proceder y reglas, que tienen en el aparato estatal su eslabón principal y a través de todas las cuales de adoptan las decisiones políticas. El Estado cubano es perteneciente de todas las decisiones públicas, para el buen funcionamiento de manera general y coactivamente.
Sistema electoral.
La fundamentación del sistema electoral cubano se encuentra regulada en “la ley electoral #72 de 1992”, la cual regula:
-          Elección de delegados de las Asambleas Municipales y Provinciales, y los diputados a la Asamblea Nacional.
-          Constitución de las Asambleas Municipales y Provinciales, y elección de sus respectivos Presidentes y Vicepresidentes.
-          Constitución de la Asamblea Nacional y la elección de su Presidente, Vicepresidente y Secretario, así como los miembros del CE.
-          La forma de cubrir en los refrendos.
-          Elecciones generales, para elegir todo los órganos representativos y parciales en los que solamente se eligen los órganos municipales.
Los procesos electorales generales se realizan en dos etapas: la primera, para la elección de los delegados municipales y la segunda, para la elección de los delegados provinciales y diputados a la Asamblea Nacional.
Derecho de Sufragio:
Sufragio activo: es el derecho a elegir, lo tienen todos los que hayan cumplido 16 años de edad y reúnan los requisitos establecidos por la ley y la Constitución.
Sufragio pasivo: Es el derecho a ser elegido, lo tiene todos los que hayan cumplido 16 años, salvo para los casos de diputados, para el que se requiere tener 18 años, y siempre que se reúnan los requisitos establecidos.
No pueden ejercer el derecho al sufragio activo los incapacitados mentales, previa declaración judicial de su incapacidad, y los inhabilitados judicialmente por causa de delito. Están inhabilitados para ejercer un cargo público electivo y, en consecuencia, no serán elegidos, los ciudadanos que estén incapacitados para ejercer el derecho de sufragio activo.
Refrendo: Es una consulta directa a la población provocada por la Asamblea Nacional para ratificar o no, proyectos de Ley de Reforma Constitucional que, según la Constitución, requieran ser sometidos a ese proceso, y otros proyectos de disposiciones jurídicas que acuerde la propia Asamblea.
El voto es libre, no es obligatorio, derecho de un solo voto e universal.
Fuentes del Derecho en Cuba.
La Constitución, las leyes, los decreto – leyes, los decretos; su observancia es inexcusable a todos.
Administración Pública.
La función administrativa es más amplia que la ejecutiva, pues no sólo abarca las disposiciones  emanadas del órgano legislativo, sino que se extiende hasta la creación de normas jurídicas (especialmente reglamentos), que también van a regulas su actuación, a tenor de la potestad reglamentaria (facultad de hacer reglamentos) que ostenta, e igualmente el ámbito de alcance de la mencionada función administrativa incluye la solución de conflictos (vía administrativa) por órganos administrativos que se originen con motivo de cuestiones administrativas. Existen órganos que realizan la función administrativa central (en todo el espacio territorial del  Estado) y se llaman órganos de administración central;  y órganos que ejercen esa función en solo una localidad (en una parte del Estado y no en todo su espacio físico) y son designados como órganos de administración local. La administración pública es un conjunto complejo de órganos encargada de realizar la actividad cuya finalidad es la de buscar la satisfacción de los intereses colectivos (la actividad administrativa). El poder ejecutivo –administrativo supremo: ejecuta acuerdos y mandatos de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), y del Consejo de Estado (CE) y dirige la política interna: el Consejo de Ministros debe subordinarse a la ANPP y al CE. Los administrativos locales son órganos que tienen a su cargo la dirección administrativa para dar cumplimiento a las decisiones políticas y de gobierno, así como el control y la dirección general de los recursos del Estado en cada localidad que son: los Consejos de Administración Provincial (CAP) y Municipal (CAM). Estos deben subordinarse a los órganos representativos de su radio de acción y cuyas líneas de acción han de cumplir.
Ejercicio de la Profesión.
 En los 80´s hubo cambios para el derecho y la abogacía; se aprobó el decreto ley No. 81, donde nace la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (entidad autónoma nacional de interés social y carácter profesional, con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por juristas). Hay una Asamblea General de Abogados, que es el órgano supremo de la organización integrada por delegados electos en distintos bufetes del país durante cinco años; deben reunirse una vez al año y debe evaluar y adoptar decisiones sobre los informes de rendición de cuenta de la Junta, aprobar el presupuesto de ingresos y gastos, así como rehabilitar como miembros a aquellos abogados que hayan sido separados en virtud de medida disciplinaria. Para poder ejercer la abogacía como miembro de la Organización es necesario reunir condiciones morales adecuadas, no haber sido sancionado por delito intencional que lo haga desmerecer el concepto público, ni hallarse sujeto a proceso penal por delito de esa naturaleza y obtener la incorporación que concede la Junta Directiva Nacional. La investigación disciplinaria contra un abogado puede iniciarse en virtud de la violación de sus obligaciones profesionales o de la ética.
Antecedentes históricos.
Inicialmente había una comunidad primitiva, en la cual el hombre  vivía sin Estado y sin Derecho. Históricamente el hombre ha vivido en distintas etapas: recolectora cazadora, cultivadora pastoral, posteriormente comienza a comprender lo que es la sociedad, comienza a haber la utilización de armas. Dentro de las formas de organización social encontramos: las hordas (colectividades formadas por grupos nómadas), la gens (conjunto de personas unidas entre sí por lazos de sangre), fratrías y tribus (gran orden social, había jefes de familia, los usos y costumbres no eran impuestos). El Estado y el Derecho comienzan a surgir conforme la humanidad va avanzando, dependiendo de los desarrollos tecnológicos que se tengan; encontramos distintos tipos de Estado: Estado de los pueblos del antiguo oriente (comunidades aldeanas); Estado esclavista clásico (creado en la cuenca del Mediterráneo, el estado surge como consecuencia de la división de clases antagónicas); Estado feudal (resurgimiento del comercio y la vida económica de las sociedades, hay una gran deshumanización); el tipo de Estado Burgués (modo de producción capitalista).
Proceso Legislativo.
 La ANPP es un órgano supremo del subsistema de órganos del poder popular y del poder del Estado. Las funciones legislativas y constituyentes le son exclusivas, es decir, es el único órgano que puede aprobar leyes y reformar la Constitución. Es un órgano electo por cinco años, sesiona en forma de pleno (2 veces al año) y en ocasiones de manera extraordinaria (para sesionar debe contar con más de la mitad de los integrantes. Dentro de sus facultades están las de aprobar las reformas a la Constitución (requiere del voto nominal de los diputados en mayoría inferior a 2/3 del total de sus integrantes); aprobar leyes (mayoría simple); decidir la constitucionalidad de las leyes (voto de constitucionalidad a su favor), decretos – leyes, decretos. Los decretos del Consejo de Ministros pueden ser revocados exigiéndose mayoría simple de los votos de los integrantes.
El Sistema de Partidos
Para los cubanos, los partidos políticos son mera representación de la sociedad burguesa, y mencionan que para que un sistema de partidos políticos tenga éxito, deben de conformarse de acuerdo a un ideario en común que pueda ser asumida por individuos y segmentos de otras clases sociales. Consideran que el partido marxista leninista es verdaderamente un partido político de acuerdo con las características antes mencionadas. Mencionan igualmente que los grupos de presión no pueden ser confundidos con los partidos políticos, pues consideran que están vinculados al capitalismo.

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