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El PE pide a Rusia y China que no veten una resolución de condena a Siria
El Parlamento Europeo ha pedido este jueves a Rusia y China, que no veten una resolución de condena a Siria
El PE pide a Rusia y China que no veten una resolución de condena a Siria
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/15/union_europea/1316116524.html
El Parlamento Europeo ha pedido este jueves a Rusia y China, en su calidad de miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU, que no veten una resolución de condena a Siria para que abandone la violencia so pena de ser sancionada por la comunidad internacional.
Es la petición recogida en una resolución conjunta de todos los grupos de la Eurocámara -a excepción de la Izquierda Unitaria europea (GUE)- que ha recibido la luz verde del pleno de la Eurocámara.
Los eurodiputados "instan los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y en particular a Rusia y a China, a que aprueben una resolución en la que se condene el uso de fuerza letal por el régimen sirio y se pida el fin de dicho uso, así como a que impongan sanciones en caso de incumplimiento".
Se aplaude, sin embargo, la declaración de la presidencia del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que reclama "un proceso político integrador y dirigido por Siria".
En el texto también se pide a la Liga Árabe que actúe, se "aplaude" la condena del régimen sirio por parte de Turquía y de Arabia Saudí y se "lamenta" que Irán siga apoyando el régimen del presidente sirio Bashar el Asad.
Los eurodiputados han condenado por amplia mayoría los abusos de la fuerza contra los manifestantes, activistas y periodistas que protestan por la opresión del régimen en Siria y han pedido "una investigación independiente" para esclarecer los casos de "asesinatos, arrestos, detenciones arbitrarias y presuntas desapariciones forzadas y torturas por las fuerzas de seguridad sirias".
El texto de la resolución ha sido pactado conjuntamente por los populares (PPE), socialistas y demócratas (S&D), liberales (ALDE), Verdes (ALE/Greens) y los conservadores y reformistas (ECR).
En el debate previo al voto, la eurodiputada de los Verdes Ulrike Lunacek pidió a la UE que exigiera a sus empresas relacionarse con el régimen sirio, en particular, para hacer negocios en el sector energético, pero esa enmienda no ha salido adelante durante el consenso del texto común.
Vetará EU propuesta en la ONU para reconocer a Estado Palestino...
http://hju.me/hVTLaU
Washington. Estados Unidos reiteró hoy que vetará una propuesta de la Autoridad Nacional Palestina (ANP) para su reconocimiento como Estado de pleno derecho en la Organización de Naciones Unidas (ONU).
“No debe sorprender a nadie” que Estados Unidos se oponga a una iniciativa de los palestinos en la ONU “para tratar de establecer un Estado que sólo se puede obtener mediante negociaciones”, señaló la vocera del Departamento de Estado, Victoria Nuland.
Si se llega a realizar una votación sobre la propuesta palestina en el Consejo de Seguridad de la ONU, “Estados Unidos la vetará”, puntualizó.
La ANP realiza una campaña para lograr respaldo mundial a su petición, la cual será presentada antes del próximo 21 de septiembre, cuando la Asamblea General de la ONU inicie sus sesiones en Nueva York.
Palestina reclama los territorios de Cisjordania, la Franja de Gaza y Jerusalén oriental, ocupados por Israel en la guerra de 1967, pero Tel Aviv se niega a volver a las fronteras anteriores a la guerra.
Washington. Estados Unidos reiteró hoy que vetará una propuesta de la Autoridad Nacional Palestina (ANP) para su reconocimiento como Estado de pleno derecho en la Organización de Naciones Unidas (ONU).
“No debe sorprender a nadie” que Estados Unidos se oponga a una iniciativa de los palestinos en la ONU “para tratar de establecer un Estado que sólo se puede obtener mediante negociaciones”, señaló la vocera del Departamento de Estado, Victoria Nuland.
Si se llega a realizar una votación sobre la propuesta palestina en el Consejo de Seguridad de la ONU, “Estados Unidos la vetará”, puntualizó.
La ANP realiza una campaña para lograr respaldo mundial a su petición, la cual será presentada antes del próximo 21 de septiembre, cuando la Asamblea General de la ONU inicie sus sesiones en Nueva York.
Palestina reclama los territorios de Cisjordania, la Franja de Gaza y Jerusalén oriental, ocupados por Israel en la guerra de 1967, pero Tel Aviv se niega a volver a las fronteras anteriores a la guerra.
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| http://hju.me/9I648 |
HISTORIA GENERALIZADA DEL COMMON LAW.
El Commmon Law surgió en Inglaterra en la segunda mitad del siglo XI, se elabora con fórmulas procesales y aunque moderadamente estas formas procesales se abolieron, subsisten judicialmente. El common law tiene como ámbito de aplicación la parte propiamente inglesa, la sección norte de Irlanda, Estados Unidos de América, Canadá, la India, Australia, Nueva Zelanda, Unión Sudafricana y la Isla de Terranova. Generalmente se habla de cuatro épocas en la historia del Derecho en Inglaterra, la época anglosajona, la época de la conquista normanda y del nacimiento del common law (1066 – 1432), la época del apogeo del common law y del nacimiento del equity, y la época del Derecho inglés contemporáneo (1873 – a la fecha).
Primera época: época anglosajona.
Abarca desde la prehistoria hasta el siglo XI; comprende las invasiones que sufrió la isla, la influencia militar de Roma y el desarrollo de un Derecho Feudal. Las invasiones comprenden la llegada de los celtas, los anglos, los hutos y los sajones; eventualmente se formaron siete reinos: Kent, Sussex, Essex, Wessex, East Anglia, Northhumbria y Mercia. La penetración romana abarca la conversión al cristianismo de los anglosajones; gracias a la cristianización se puede mencionar la formación de las Leyes de Edilberto, rey de Kent (año 600), y las leyes del rey danés Canuto en la primera mitad del siglo XI. Antes de las últimas leyes mencionadas, el Derecho era un ius personarum, y con la creación de estas se marca la transición entre la primera época y la segunda, pues el Derecho se convierte en una ley territorial.
Segunda época.
Año 1066, un rey normando recibe por las Leyes Sálicas el reinado de Inglaterra, Guillermo “el conquisador” ignoraba las costumbres inglesas y desconocía el idioma. Formó un consejo llamado Curia Regis. Guillermo decidió averiguar cuál era el commune lay, lo que traducido del francés al inglés da lugar al common law; así mismo, averiguó la manera de ser de los anglos y sajones, para que los procesos surgidos de casos concretos se llevaran a cabo ante doce vecinos del reino, donde eran los iguales a las partes que se juzgaban (con esto se da nacimiento al juicio por jurado). Guillermo hizo que la distribución de la tierra y el reconocimiento de las propiedades no constituyeran un feudo, pues el poderío del monarca o del rey no se rivalizaba.
Los tribunales feudales conocían de las costumbres locales, y se llamaban Country Courts o Hundred Cort (hundred es una subdivisión del condado). Estos tribunales aplicaban un Derecho consuetudinario que variaba según la localidad.
Los tipos de juicios que se llevaban a cabo eran demasiado arcaicos, llamados “Juicios de Dios”, y eran tres: Juicio por Juramento, Juicio por Ordalías y Juicio por Duelo. La formación del Common Law, significó la terminación de los tradicionales Juicios de Dios.
Las acciones se iniciaban mediante un writ, que era una súplica al monarca, para que intercediera en el negocio y se tenía que convencer que el asunto era de gran importancia por medio de un canciller. Para acudir a la alta justicia, y pedir justicia, se debía comprender casos excepcionales y trascendentes; la alta jurisdicción en Inglaterra se dividió en cuatro etapas:
En un principio se acude al tribunal en forma excepcional; se conocían a grandes personajes y grandes causas. | Los tribunales se independizan del poder del rey, asimismo la Curia Regis (Parlamento). Los tribunales fueron colocados en un lugar fijo, la abadía de Westminster. | Los tribunales se especializaron: Tribunal de las Causas de Hacienda (Exchequer), Tribunal de las Causas Comunes (Common please) y Tribunal de la materia Penal o Banco del Rey (King´s bench). Esta distinción desaparece y los tres tribunales conocen indistintamente de todas las materias. | Máximo desarrollo; se aceptó que el tribunal inicie la causa con un juramento, posibilidad que se da solamente al monarca o al Papa, se suprime el antiguo procedimiento arcaico y se da nacimiento a un procedimiento moderno con amplia recepción de pruebas y oyendo a las partes. Esto es lo que se llamaría el debido proceso del common law (Due process of Law). Después los writs se aplicaron a causas análogas. |
Los reyes no fueron tan poderosos, pues los señores feudales limitaron la intervención del monarca a través de diversos compromisos “concilios de nuestro reino” (Concilium Regni Nostri). El primero, el de enero de 1215, que fue arrancado al rey Juan sin Tierra y que se conoce con el nombre de Carta Magna, y el Statute of Westminster the Second de 1285.
Tercera época: desarrollo del Derecho inglés.
Surge a partir de los Tudor como casa reinante de Inglaterra, a partir de 1485. Surgió un amplio desarrollo del common law, pero a la misma vez y a lado de los monarcas, se da el nacimiento de una nueva jurisdicción, The Equity. Surge como rival del common law y aparece porque los particulares, al no encontrar plena satisfacción en los tribunales de Westminster, acuden nuevamente al canciller como confesor del rey, para solicitarle que hiciera justicia en su lugar, invocando la conciencia del monarca.
Cuadro comparativo de los dos tipos de acción.
Procedure | Action Law | Action in equity |
Initiation of lawsuit | By filing a complaint | By filing apetition |
Decision | By jury or judge | By judge (no jury) |
Result | Judgment | Decree |
Remedy | Monetary damages | Injuction, decree of specific performance, or recesión. |
“El cuadro comparativo de los dos tipos de acción se funda en el procedimiento bien sea en su iniciación del mismo, en su decisión, en su resultado, o en su remedio; en el common law la acción se inicia con una demanda; la decisión se ventila ante un jurado o ante un juez; el resultado es un juicio y el único remedio que consagra es el pago de los daños y perjuicios. En la equity el procedimiento se inicia con una petición, se ventila ante un juez, nunca ante un jurado, termina con un decreto y termina con un decreto y establece como remedio una orden de investigación, un decreto de cumplimiento exacto o la recesión.” (Robert T., Cheng, Business of Law, 5th edition, 1990.)
En la Edad Media el canciller, quien era el “primer ministro” del rey o el “secretario de Estado” de todos los departamentos del rey, y que tuvo en principio la elaboración de los writs donde surgió el common law, volvió nuevamente a intervenir para proteger las situaciones jurídicas que no quedaban satisfechas con una simple reparación del daño.
A finales del siglo XVII y principios del XIX, sobresalieron en el Derecho inglés dos juristas (que marcaron la transición a la siguiente etapa). Blackstone intentó poner orden en el common law inglés y en las diversas leyes dictadas durante siglos, es el primer esfuerzo de un estudio doctrinal del Derecho inglés. El pensamiento de Blackstone sobresale por la defensa de los derechos y libertades inglesas. Defiende el parlamentarismo como una típica institución inglesa, que protege las libertades del hombre; es partidario de una constitución mixta del poder, confluyendo a una división de poderes.
Bentham buscó la fundamentación filosófica del common law inglés, y dijo haberla encontrado en el principio de utilidad y bienestar. Su influencia fue tan elocuente que logró el cambio de las instituciones inglesas especialmente a través de la Judicature Act de 1873. En los estudios de Bentham buscó la noción de utilidad, y las aplica a las ciencias sociales con un método cuantitativo, y según José de Jesús López Monroy (quien se está citando y parafraseando en este resumen de la historia del derecho inglés), descubre la estadística social; además utiliza los principios de utilidad en las políticas de los gobernantes, busca los principios morales y legislativos, los encuentra en la doctrina de la “evidencia” (proceso inglés). Una de sus producciones jurídicas fue una organización judicial que provocó la aplicación de su pensamiento sobre la unidad del common law y la equity, llamada por él como “Responsabilidad unitaria” (Judicature act, 1873).
Cuarta época.
Bentham demostró que era factible que las dos jurisdicciones se pudieran ventilar en el mismo órgano judicial, subsistiendo los caracteres de cada una de ellas. El Parlamento aprobó la Judicature Act entre 1873 y 1875.
El common law actual arrastra sus formas desde los siglos XII y XIII, y se traduce en una reparación. La equity actual tiene por contenido al que señala la Act de 1881.
La época moderna, además de ser uno mismo el common law y la equity, se da una aplicación de los principios recogidos desde el nacimiento del primero, especialmente el llamado “debido proceso de derecho”, aplicándolo al acto administrativo; así mismo, como los servicios públicos son propiedad de los particulares, el Estado no podrá señalar reglas unilaterales desprendidas de su propia autoridad a la organización de servicios. Esto dio surgimiento a las Comisiones Administrativas (The Board Commissions), que caracterizan al desarrollo del common law en el Estado moderno inglés.
Gaddafi llama a la guerra de guerrillas
http://www.eluniversal.com.mx/notas/790381.html
En su segundo mensaje del día, el líder libio llamó a sus seguidores a luchar y catalogó a Sirte de 'capital de la resistencia'
El coronel libio Muammar Gaddafi ha llamado a sus seguidores a prepararse para resistir y hacer frente a "una guerra prolongada", en un nuevo mensaje difundido por el canal de televisión sirio "Al Rai".
En su segundo mensaje del día, el líder libio llamó a sus seguidores a luchar y catalogó a Sirte de 'capital de la resistencia'
El coronel libio Muammar Gaddafi ha llamado a sus seguidores a prepararse para resistir y hacer frente a "una guerra prolongada", en un nuevo mensaje difundido por el canal de televisión sirio "Al Rai".
En la grabación, en la que conmemora el 42 aniversario de su acceso al poder tras la revolución que derrocó al monarca Idris, Gaddafi insta también a los "países agresores" (en referencia a la OTAN) a "entenderse con la legalidad".
"Su resistencia debe aumentar día a día. Prepárense para una guerra de guerrillas y guerra urbana, y propaguen una resistencia popular a lo largo y ancho de Libia", dijo el ex líder libio, que permanece en paradero desconocido.
Se trata del segundo mensaje emitido por Gaddafi en apenas unas horas, y el quinto desde que Trípoli, la capital libia, cayó en manos de los rebeldes.
Gaddafi agregó que en los últimos 42 años Libia ha vivido la "libertad y la prosperidad", pero que ahora la OTAN ha destruido las "modernas infraestructuras".
Según el dictador, las "fuerzas colonialistas" tratan de esquilmar los recursos naturales de Libia, principalmente el petróleo y las fuentes de agua.
"Desean devolver a Libia a lo que fue antes de la revolución, que todos los recursos queden en sus manos, pero preferimos la muerte antes que eso", insistió Gaddafi.
Asimismo, aludió a la ciudad de Sirte, uno de los últimos baluartes que siguen en manos de los gaddafistas, que "con los últimos bombardeos ha recuperado su prestigio como capital de la resistencia".
Gaddafi considera que su país ha sido "víctima de una injusticia, ya que han atacado escuelas, hospitales, y carreteras".
En las últimas horas han continuado las deserciones del bando gaddafista, como la de su último primer ministro, Mahmudi El Baghdadi, quien hizo público su respaldo a "la revolución libia".
jfra
Derecho prehispánico
DERECHO OLMECA
· La figura femenina no era tomada en cuanta
· Motivaron la existencia de esclavos
· Dos clases: conquistadores (sacerdotes) y conquistados
· Imperio de carácter teocrático
DERECHO MAYA
· Confederación de ciudades-estado
· Gobernaba un Halah Uinic, con ayuda de un consejo de nobles y sacerdotes; dirigían la política interior y exterior del Estado
· Los Bataboob eran administradores y jueces con funciones militares y religiosas de las aldeas adscritas a la ciudad-estado
· En cada aldea había un consejo de ancianos
· Había dos o tres consejeros municipales
· Los agricultores sostenían a los nobles, sacerdotes y artesanos; pagaban tributo
· Había esclavos, productos de las guerras, venta de niños o por haber nacido con esa calidad
· El matrimonio era monogámico
· La herencia se repartía entre la descendencia masculina
· Se usaba la figura jurídica del tutor para los menores de dos años de edad
· Cada familia recibía una porción de tierra para el uso personal
· El derecho penal era severo
· Hacen una diferenciación entre dolo e imprudencia
· No había apelación
DERECHO CHICHIMECA
· Vivían en pequeños grupos recolectores
· Cada grupo tenía un jefe hereditario
· Se formaban confederaciones transitorias con fines militares o migraciones colectivas
· La organización de la familia es un sistema matriarcal
· Entre las clases sociales no encontramos a los sacerdotes
DERECHO AZTECA
· Su derecho se manifestó en la costumbre
· Tenían un sistema judicial capaz de resolver litigios
· Las tierras pertenecían al rey en lo personal
· Existían normas de comercio
· El matrimonio fue poligámico
· El divorcio era posible
· Existía la figura de la patria potestad
· Tenían un derecho penal muy sangriento
· Los autores y cómplices recibían el mismo castigo
· Existía la indemnización en caso de riña y lesiones
· Hubo una jerarquía en los tribunales
· Había justicia especial para sacerdotes, asuntos mercantiles, asuntos de familia, delitos de índole militar, asuntos tributarios y asuntos relacionados con el arte y la ciencia
· El procedimiento era oral
· Las pruebas eran: la confesional, la testimonial, presunciones, careos, juramento liberatorio
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